ACUERDO DE ADHESIÓN DE LOS CONCEJOS, SUS ENTES DEPENDIENTES Y/ O PARTICIPADOS POR ESTOS A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
Según dispone el artículo 3.1 i del Real Decreto Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público la Federación Asturiana de Concejos forma parte del sector público y podrá centralizar la contratación de obras, suministros y servicios, permitiéndole adquirir suministros y servicios para otros órganos de contratación, adjudicar contratos o celebrar acuerdos marco para la realización de obras, suministros o servicios destinados a los mismos.
La Ley 27/2013 de 27 de Diciembre de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local modifica la Disposición Adicional Quinta de Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, faculta a la Federación Asturiana de Concejos, entidad declarada de utilidad pública, constituir mediante acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva el 28 de mayo de 2014 la CENTRAL DE CONTRATACIÓN configurada como un servicio que presta a los concejos asturianos, sus entes dependientes o participados por éstos que le permitirá simplificar trámites administrativos y también ahorrar costes en la adjudicación de toda clase de contratos, aprobando su Reglamento de Organización y Funcionamiento, el 24 de Julio de 2014.
A la vista de lo expuesto, este Ayuntamiento de —————————–, mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación u órgano equivalente, de fecha —————————está interesado en la adhesión y utilización, en función necesidades de esta Administración, a la Central de Contratación de la Federación Asturiana de Concejos para contratar las obras, servicios y suministros que desde ella se oferten en los correspondientes contratos o acuerdos marco que se suscriban con las empresas adjudicatarias.
Mediante el presente Acuerdo, se autoriza al Alcalde —————————– para formalizar con el Presidente de la Federación Asturiana de Concejos este documento que ambos suscribirán por duplicado.